Tabasqueños: Así deben pagarte si trabajas el 16 de septiembre, día de la Independencia

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Septiembre es uno de los meses más esperados por los mexicanos, y los tabasqueños no son la excepción. Entre música, banderas y los tradicionales platillos patrios, muchos esperan disfrutar de las festividades sin embargo, este 2025 el 15 y 16 de septiembre caen lunes y martes, y quienes tengan que trabajar se preguntan cómo deben ser remunerados.

¿El 15 y 16 de septiembre son feriados?

Cada año surgen dudas sobre las celebraciones patrias y los derechos laborales. Aunque el 15 de septiembre es el día del Grito de Independencia, no está catalogado como descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo (LFT). En cambio el 16 de septiembre sí es feriado oficial, lo que garantiza a los trabajadores descanso con goce de sueldo.

@yorchbesos

Vas a trabajar este 16 de septiembre? Revisa los artículos 73, 74 y 75 de la LFT

♬ sonido original – Yorch Besos

Pago para quienes laboren el 16 de septiembre

Los trabajadores que laboren este día, incluidos los tabasqueños deben recibir su salario normal más un doble adicional, es decir, el triple de su sueldo por la jornada completa. Si la fecha coincide en domingo aplica la prima dominical del 25% este derecho se respeta sin importar si el pago es diario, semanal, quincenal o mensual.

Qué hacer si no cumplen con la ley

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece asesoría y conciliación gratuita en caso de que los empleadores incumplan con esta obligación. Además, los patrones que no respeten la ley pueden ser sancionados con multas significativas, protegiendo así los derechos de los trabajadores tabasqueños y mexicanos en general.

El 16 de septiembre no solo representa la independencia de México, la importancia de que los trabajadores sean remunerados de forma justa. Conocer tus derechos garantiza que puedas celebrar estas fechas sin preocupaciones económicas.

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